PERIODO REPUBLICANO
(Policía de Estado)
Se crea definitiva de la Policía de la República, era menester fijar los sueldos a sus empleados, siendo Presidente de la República del Ecuador José María Plácido Caamaño decreta el establecimiento de la policía de la República o Policía del estado, separándole de los municipios y desde ahí se le encarga los asuntos relativos a la seguridad y orden público.
Es misión de la Policía el orden y la seguridad; al formarse la Policía de la República se le dio el nombre de Policía de Orden y Seguridad, con sujeción directa al ejecutivo, a través del Ministerio del Interior (Hoy ministerio de Gobierno y Policía) e integrándole con cuerpos provinciales de carácter civil.
El Orgánico de la Policía de Orden y seguridad inicialmente contaba con 604 efectivos, distribuidos en todas las provincias de esa época, así Carchi 11, Imbabura 13; >Pichincha 129; León (Cotopaxi) 16, Tungurahua 16, Chimborazo 16, Cañar 9, Azuay 23; Loja 11, Bolívar 11; los ríos 17, Guayas 289, Manabí 17; el oro 17 y Esmeraldas 9.
La Policía de Seguridad y orden desde su creación tenía carácter de civil pero a partir de 1885 fue organizada militarmente en toda la república, bajo la dependencia del poder Ejecutivo, el mismo que expidió el Reglamento General de policía urbana y rural; en lo concerniente a los asuntos de disciplina militar la institución paso a depender del Ministerio de Guerra (hoy Ministerio de Defensa Nacional); en cuanto a su administración y dirección dependía del Ministerio del Interior ( Ministerio de Policía y Gobierno). Esta decisión de militarizar a la policía se debió en parte a la aparición de los Montoneros, guerrilleros de Alfaro con ideas liberales. Se estableció un Orgánico dividido en ocho secciones.. el 3 de agosto de 1892 el Congreso Nacional a pedido del Presidente de la República Luís Cordero, decretó la desmilitarización de la Policía de Orden y Seguridad.
La Policía Rural este tipo de policía por primera vez el 21 de agosto de 1886, mediante decreto expendido por el Congreso Nacional, ya que a esa fecha se habían levantado armas los Montenegros con ideas liberales, en las provincias de Guayas, Manabí y los Ríos, cometiendo crímenes de toda especie. El Decreto creo la policía rural en las provincias de Guayas, Manabí y los Ríos, la misma que estaba as cargo de los gobernantes. Posteriormente se crea la policía rural solo para la provincia de Manabí, estaba estructurada con un regimiento de caballería; luego ante la necesidad de su presencia en toda zona rural de la costa, el Presidente Leonidas Plaza Gutiérrez vuelve a crear esta policía para todo el litoral, para así mismo desaparecer en el año de 1916, en el año de 1920 mediante decreto se vuelve a crear esta policía rural para todo el Litoral, con un jefe provincial, inspectores y gendarmes para cada una de ellas.
Hasta que en enero de 1936 fecha en que se expide la Primera Ley Orgánica de la Institución, en virtud de la cual fue ampliada esta policía a nivel nacional con el carácter de móvil.
Debido a la falta de atribuciones y facultades de las autoridades de policía hacen que su labor sea un poco eficiente en la solución de algunos caos, razón por la que mediante Decreto suscrito por Eloy Alfaro, Presidente de la República, se concede a los intendentes, subintendentes y comisarios de Policía todas las facultades y atribuciones que necesiten para las investigaciones de delitos de distinta índole.
Según el mismo decreto, ningún Juez o Abogado ni ninguna autoridad podía encausar a un agente de Policía por supuestas violaciones a la ley pero solo en los casos de investigaciones. La facultad para que la Policía pueda efectuar el juzgamiento de los casos de robo y homicidios, fue otorgada el 16 de febrero de 1897, es cuando se crearon la Oficina de Investigación y Pesquisas en los Cuerpos de Policía de Quito y Guayaquil, debiendo llevar placas los miembros de setas instituciones oculta en sus trajes de civil.
La formación de la Policía de Orden y Seguridad, tuvo sus aciertos y desaciertos entre los aciertos, podemos citar la separación de los municipios a la policía y la creación del cuerpo de policía en todas las provincias del país, respeto a los desaciertos podemos citar principalmente al no establecerse un jefe superior a nivel nacional con el fin de coordine y controle la actividad policial en todo el país. Es cuando el Presidente general Eloy Alfaro, sensible a esta necesidad crea mediante decreto el 1 de noviembre de 1898 la creación de la Dirección General de Policía, como un organismo superior de la Policía de Orden y Seguridad; en el mismo decreto se fija la cantidad de 300 sucres para el Director General de Policía y fue designado el señor Abelardo Moncayo y cuyas atribuciones y deberes debían constar en el Reglamento que debía expedirse.
Con la expedición del Reglamento para la organización y servicio de la Policía de la República el 12 de noviembre de 1923, mediante decreto del Presidente José Luís Tamayo, la institución policial adopta la denominación de POLICÍA NACIONAL, en reemplazo de la Policía de Orden y Seguridad. La vigilancia de este nuevo reglamento, marca el inicio de hechos importantes para la policía nacional dentro de su historia. Su texto es extenso, pero en términos generales el reglamento trata sobre la organización, el Director General y sus ayudantes, el secretario, los revisores, etc. Etc.
Dentro de los hechos importantes podemos citar el primer intento para la creación de una escuela de policía, cuando el congreso Nacional dispuso mediante decreto que el Ejecutivo proceda así establecimiento de una escuela de policía y contrate a Europa o EE UU. Una misión especial para la preparación del personal en este ramo.
La primera Ley Orgánica de la Policía nacional fue sancionada mediante decreto el 11 de enero de 1936, por el Ing. Federico Páez, bajo la consideración de que es deber del Estado mejorar las instituciones encargadas del mantenimiento del orden público.
Según esta ley la policía fue conceptuada como una institución del estado, de carácter civil, encargada de mantener y velar por la tranquilidad, moralidad y salubridad públicas y garantizar las libertad, la propiedad y la seguridad de los asociados, le correspondía también la investigación y esclarecimiento de las infracciones punibles; el juzgamiento y sanciones de las contravenciones y de los hechos que le atribuyen las leyes; la aprehensión de los delincuentes y conducción y vigilancia de los presos, hacer cumplir las leyes, etc. Etc. (…)
La institución dependía del Poder Ejecutivo, subordinado a la acción del Director General de policía al ministerio de Gobierno.
Con la expedición de la nueva Ley Orgánica para la Institución el 4 de enero de 1938, mediante decreto Supremo el general Alberto Enríquez Gallo, la policía Nacional cambia su denominación a FUERZA DE POLICÍA y se transforma en una entidad de exclusivo carácter militar en su estructura, organización y jerarquización. El Ministerio de Gobierno era el responsable del orden y seguridad interna del país, de la organización y preparación de las fuerzas, ejerciendo sus atribuciones por medio del Inspector General de Policía.
En caso de Guerra, la institución se constituía en parte integrante de la fuerza armadas, en consecuencia estaría al mando del Ministerio de defensa Correspondía al Ministerio de Gobierno y no a la Inspección de Policía el nombramiento y remoción de los intendentes, jefes oficiales, tropa de las fuerzas de policía
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