sábado, 17 de abril de 2010
(Policía de Estado)
Se crea definitiva de la Policía de la República, era menester fijar los sueldos a sus empleados, siendo Presidente de la República del Ecuador José María Plácido Caamaño decreta el establecimiento de la policía de la República o Policía del estado, separándole de los municipios y desde ahí se le encarga los asuntos relativos a la seguridad y orden público.
Es misión de la Policía el orden y la seguridad; al formarse la Policía de la República se le dio el nombre de Policía de Orden y Seguridad, con sujeción directa al ejecutivo, a través del Ministerio del Interior (Hoy ministerio de Gobierno y Policía) e integrándole con cuerpos provinciales de carácter civil.
El Orgánico de la Policía de Orden y seguridad inicialmente contaba con 604 efectivos, distribuidos en todas las provincias de esa época, así Carchi 11, Imbabura 13; >Pichincha 129; León (Cotopaxi) 16, Tungurahua 16, Chimborazo 16, Cañar 9, Azuay 23; Loja 11, Bolívar 11; los ríos 17, Guayas 289, Manabí 17; el oro 17 y Esmeraldas 9.
La Policía de Seguridad y orden desde su creación tenía carácter de civil pero a partir de 1885 fue organizada militarmente en toda la república, bajo la dependencia del poder Ejecutivo, el mismo que expidió el Reglamento General de policía urbana y rural; en lo concerniente a los asuntos de disciplina militar la institución paso a depender del Ministerio de Guerra (hoy Ministerio de Defensa Nacional); en cuanto a su administración y dirección dependía del Ministerio del Interior ( Ministerio de Policía y Gobierno). Esta decisión de militarizar a la policía se debió en parte a la aparición de los Montoneros, guerrilleros de Alfaro con ideas liberales. Se estableció un Orgánico dividido en ocho secciones.. el 3 de agosto de 1892 el Congreso Nacional a pedido del Presidente de la República Luís Cordero, decretó la desmilitarización de la Policía de Orden y Seguridad.
La Policía Rural este tipo de policía por primera vez el 21 de agosto de 1886, mediante decreto expendido por el Congreso Nacional, ya que a esa fecha se habían levantado armas los Montenegros con ideas liberales, en las provincias de Guayas, Manabí y los Ríos, cometiendo crímenes de toda especie. El Decreto creo la policía rural en las provincias de Guayas, Manabí y los Ríos, la misma que estaba as cargo de los gobernantes. Posteriormente se crea la policía rural solo para la provincia de Manabí, estaba estructurada con un regimiento de caballería; luego ante la necesidad de su presencia en toda zona rural de la costa, el Presidente Leonidas Plaza Gutiérrez vuelve a crear esta policía para todo el litoral, para así mismo desaparecer en el año de 1916, en el año de 1920 mediante decreto se vuelve a crear esta policía rural para todo el Litoral, con un jefe provincial, inspectores y gendarmes para cada una de ellas.
Hasta que en enero de 1936 fecha en que se expide la Primera Ley Orgánica de la Institución, en virtud de la cual fue ampliada esta policía a nivel nacional con el carácter de móvil.
Debido a la falta de atribuciones y facultades de las autoridades de policía hacen que su labor sea un poco eficiente en la solución de algunos caos, razón por la que mediante Decreto suscrito por Eloy Alfaro, Presidente de la República, se concede a los intendentes, subintendentes y comisarios de Policía todas las facultades y atribuciones que necesiten para las investigaciones de delitos de distinta índole.
Según el mismo decreto, ningún Juez o Abogado ni ninguna autoridad podía encausar a un agente de Policía por supuestas violaciones a la ley pero solo en los casos de investigaciones. La facultad para que la Policía pueda efectuar el juzgamiento de los casos de robo y homicidios, fue otorgada el 16 de febrero de 1897, es cuando se crearon la Oficina de Investigación y Pesquisas en los Cuerpos de Policía de Quito y Guayaquil, debiendo llevar placas los miembros de setas instituciones oculta en sus trajes de civil.
La formación de la Policía de Orden y Seguridad, tuvo sus aciertos y desaciertos entre los aciertos, podemos citar la separación de los municipios a la policía y la creación del cuerpo de policía en todas las provincias del país, respeto a los desaciertos podemos citar principalmente al no establecerse un jefe superior a nivel nacional con el fin de coordine y controle la actividad policial en todo el país. Es cuando el Presidente general Eloy Alfaro, sensible a esta necesidad crea mediante decreto el 1 de noviembre de 1898 la creación de la Dirección General de Policía, como un organismo superior de la Policía de Orden y Seguridad; en el mismo decreto se fija la cantidad de 300 sucres para el Director General de Policía y fue designado el señor Abelardo Moncayo y cuyas atribuciones y deberes debían constar en el Reglamento que debía expedirse.
Con la expedición del Reglamento para la organización y servicio de la Policía de la República el 12 de noviembre de 1923, mediante decreto del Presidente José Luís Tamayo, la institución policial adopta la denominación de POLICÍA NACIONAL, en reemplazo de la Policía de Orden y Seguridad. La vigilancia de este nuevo reglamento, marca el inicio de hechos importantes para la policía nacional dentro de su historia. Su texto es extenso, pero en términos generales el reglamento trata sobre la organización, el Director General y sus ayudantes, el secretario, los revisores, etc. Etc.
Dentro de los hechos importantes podemos citar el primer intento para la creación de una escuela de policía, cuando el congreso Nacional dispuso mediante decreto que el Ejecutivo proceda así establecimiento de una escuela de policía y contrate a Europa o EE UU. Una misión especial para la preparación del personal en este ramo.
La primera Ley Orgánica de la Policía nacional fue sancionada mediante decreto el 11 de enero de 1936, por el Ing. Federico Páez, bajo la consideración de que es deber del Estado mejorar las instituciones encargadas del mantenimiento del orden público.
Según esta ley la policía fue conceptuada como una institución del estado, de carácter civil, encargada de mantener y velar por la tranquilidad, moralidad y salubridad públicas y garantizar las libertad, la propiedad y la seguridad de los asociados, le correspondía también la investigación y esclarecimiento de las infracciones punibles; el juzgamiento y sanciones de las contravenciones y de los hechos que le atribuyen las leyes; la aprehensión de los delincuentes y conducción y vigilancia de los presos, hacer cumplir las leyes, etc. Etc. (…)
La institución dependía del Poder Ejecutivo, subordinado a la acción del Director General de policía al ministerio de Gobierno.
Con la expedición de la nueva Ley Orgánica para la Institución el 4 de enero de 1938, mediante decreto Supremo el general Alberto Enríquez Gallo, la policía Nacional cambia su denominación a FUERZA DE POLICÍA y se transforma en una entidad de exclusivo carácter militar en su estructura, organización y jerarquización. El Ministerio de Gobierno era el responsable del orden y seguridad interna del país, de la organización y preparación de las fuerzas, ejerciendo sus atribuciones por medio del Inspector General de Policía.
En caso de Guerra, la institución se constituía en parte integrante de la fuerza armadas, en consecuencia estaría al mando del Ministerio de defensa Correspondía al Ministerio de Gobierno y no a la Inspección de Policía el nombramiento y remoción de los intendentes, jefes oficiales, tropa de las fuerzas de policía
(1830 – 1884)
(Policía de los municipios)
Con la renuncia del Libertador a la presidencia de la Gran Colombia, el 13 de mayo de 1830 la Asamblea integrado por los más representativos de la ciudad se proclamó en Quito el establecimiento de la República del Ecuador, encargado del mando al General Juan José Flores, ratificado en la asamblea de Riobamba en septiembre del mismo año.
La Primera Constituye ratifico la división política administrativa del país, en provincias, cantones, parroquias, en las capitales de cada provincia habrá consejos municipales los que arreglarán sobre la policía particular de cada departamento. Por la convulsión del momento histórico – político que vivía el país, la policía sufrió nuevamente una desatención y se agravó más la situación por la influencia de los militares.
Mientras se formularan los nuevos reglamentos de policía que debía hacer los prefectos de cada departamento municipal, se hacía indispensable dictar medidas provisorias, para lo cual el Congreso Constituyente decretó la derogatoria de todos los reglamentos de policía que había regido hasta esa fecha, mientras tanto el Poder Ejecutivo, en virtud de leyes provea a los objetos de seguridad, a la conservación de las obras públicas y a la administración de sus rentas, sin mas consulta y encargó al prefecto del Departamento.
Mientras que las funciones de la policía eran: velar por la seguridad, salubridad, ornato y comodidad, cuidado de caminos, calzada, puentes, ríos, etc.
El 23 de junio de 1831 entra en vigencia provisional el reglamento de policía elaborado por el Consejo Municipal de Quito con algunas reformas practicadas por el Ejecutivo. Es así como se expiden los siguientes reglamentos:
El 23 de junio de 1831, para Quito; el 19 de octubre de 1833, para Guayaquil; el 30 de junio de 1836, para Latacunga; el 19 de febrero de 1838, para Cuenca..Como no todos los cantones de la República habían elaborado sus reglamentos de policía, el ministro del interior les recordó a los gobernantes que a la brevedad posible entreguen y revisen, incluyendo la tarifa de los derechos de policía urbana y rural para conocimiento y aprobación del ejecutivo.
Hasta este año de 1884 en que se crea la Policía de la República, se expidieron otros reglamentos, para recordar tenemos para Cuenca, Quito, Otavalo, Ambato, Riobamba, Azoguez, Loja, Rocafuerte, etc...
El Consejo Municipal de Quito, elaboró un Reglamento de policía que fue aprobado por la Junta provincial de Pichincha en noviembre de 1865; según el cual se incorpora el Intendente como autoridad máxima de la policía en la provincia, en reemplazo del jefe general.
Según este reglamento los objetos de la policía eran: el orden, seguridad y tranquilidad general; la moral y salubridad pública, la mejora y aseo de calles, el ornato y solidez de los edificios, etc.
Ya en la dirección de la policía se destaca los siguientes hechos importantes como cuando El Dr. Gabriel García Moreno, Presidente de la República es el creador del cargo de Director de policía en sustitución de intendente con Jurisdicción cantonal y con mando sobre los comisarios existentes, 36 gendarmes, 10 vigilantes y dos amanuenses que era el Orgánico de la Policía en Quito.
Con el ánimo de controlar y evitar se siga proliferando la embriaguez de los ciudadanos en Quito, el Presidente de la República dictó un decreto de que, a toda persona que se le encuentre en estado de embriaguez se lleve detenido y se le imponga una multa de ocho reales a 25 reales y prisión de 3 a 8 días; si es reincidente se duplicará la multa y la prisión y si no hay remedio se le enviará a otra provincia.
También es digno recordar como se inician las gestiones para dotar de un Cuerpo de Policía, es el Gobernador de Guayaquil, quien se interesa y cumpliendo órdenes de Supremo Gobierno se comunica con sus colegas de las demás provincias solicitando reclute gente joven y fornida para que integren este cuerpo de policía con un sueldo de 20 pesos mensuales. El Gobernador de Pichincha Don Manuel J. Zaldumbide es quien decreta la creación de un Cuerpo de Gendarmería, para la ciudad de Quito en 1883.
También es digno hablar sobre la clasificación de las comisarías, las mismas que por disposiciones del presidente de la República el 28 de enero de 1880, el Ministro del Interior, notifica a todos los gobernadores de las provincias del país la clasificación de la comisaría en Nacionales y Municipales, son comisarios nacionales los nombrados por Ejecutivos y debía encargarse por los asuntos relacionados con el orden y la seguridad y, los comisarios municipales, los nombrados por los consejos municipales, velarán por el ornato, aseo y salubridad.
(1822 – 1830)
La Policía se encontraba en decadencia espués de la Batalla de Pichincha el territorio independiente de la Provincia de Quito, se incorpora a la república de Colombia, luego lo hará, las provincia de Guayaquil y Cuenca, territorio que recibió la denominación de Departamento del sur, luego Distrito de sur conformado por los departamentos de Quito, Guayaquil y Azuay, bajo el mando del General Antonio José de Sucre.
En el aspecto policial, durante estos años fue un verdadero caos, ya que la reglamentación existente perdió vigencia y no se hizo absolutamente nada a pesar de su requerimiento para garantizar este periodo de transición; además existieron otras razones para no hacer nada en bien de la policía, así es el caso de la enorme distancia que había entre nuestras ciudades y la capital de Colombia, las disputas intestinas entre el ejército libertador, la ausencia de una legislación apropiada y la decisión de cambiar el esquema colonial.
El Congreso de la Gran Colombia asumió las funciones para dictar leyes al respecto, así, cuando se hace un allanamiento de las casas, cuando se puede abrir e interferir la correspondencia ajena, se dicta un reglamento contra los juegos prohibidos, etc.
Las jefaturas de policía en virtud del atraso de la policía, el congreso de Colombia decreta, el establecimiento de un jefe de la policía en la capital y en el resto de ciudades que los requieran, funcionarios que se encargarían de los asuntos de policía en sus respectivas jurisdicciones.
El decreto establecía que el jefe de policía será el encargado de la seguridad, ornato aseo y salubridad en las ciudades y autoriza al poder ejecutivo para que pueda nombrarlo y a la vez forme un reglamento que detalle las atribuciones y responsabilidades del citado funcionario y de los demás empleados subalternos.
REGLAMENTO DE LA POLICÍA DEL LIBERTADOR.
Fue expendido el 22 de diciembre de 1827 por el Presidente de la República, libertador Simón Bolívar, el mismo trata sobre los jefes de policía, su nombramiento y facultades, la policía de seguridad, objetivos y procedimientos; la policía de ornato, objetivos y procedimientos, la policía de salubridad, objetivos y procedimientos; los comisarios de policía, funciones y facultades, disposiciones generales; y, la responsabilidad, de los jefes de policía.
Este reglamento de policía del libertador tuvo vigencia en nuestro país hasta el 13 de mayo de 1830, cuando nos independizamos de la Gran Colombia y quedamos al mando del general Juan José Flores.
En 1829 el Presidente Simón Bolívar, mediante un decreto crea una Junta Provisional del Distrito con sede en Quito, compuesta por dos miembros de cada una de las siete provincias que a esa fecha correspondía a los departamentos de Quito, Guayaquil y Azuay, la antes citada junta tenía atribución de realizar reformas administrativas y arreglos municipales necesarios para la buena marcha del distrito del Sur, incluyendo a la rama de la policía la que estaba bastante desatendida abandonada, al respeto se acordó: que conviene nombrar al Prefecto General, su secretario, los comisarios de la ciudad y de las parroquias foráneas. Que al Prefecto se le atribuya 600 pesos de sueldo por ahora, al secretario 300 y a los tres comisarios de la ciudad a 100 pesos a cada uno. Que los comisarios se distribuyan en parroquias San Sebastián, San Roque, Santa Bárbara y San Blas, etc.
En enero de 1830 se pone en práctica este plan de policía en el que se incluía a los guardias, aparecen algunos documentos con la denominación de Gendarmes de policía.
(1534 – 1822)
Alguacil mayor, Alguaciles Menores y otros funcionarios.El Cabildo fue la máxima autoridad de las villas y ciudades en los primeros tiempos y reunían todo el poder político, judicial, administrativo y policial en cumplimiento de las funciones exigidas para el gobierno de las tierras colocadas bajo su jurisdicción.
En cuanto a la policía, con el advenimiento de los españoles y la fundación de los primeros poblados, se introdujo el sistema que venía practicando en España en esa época, así.
El alguacil era designado anualmente de entre los regidores del cabildo, otras veces nombraba el Gobernador, quien era el jefe de la policía de la ciudad, con funciones específicas de mantener el orden y ejecutar las ordenanzas del ayuntamiento, su labor era secundada por dos alguaciles menores, nombrados por el mismo cabildo; eran encargados los tres de recaudar los impuestos, las multas, los embargos y las prisiones; en las rondas nocturnas se hacían acompañar de los vecinos del lugar.
Al inicio de la Colonia, la estructura policial era incipiente ya que carecía de medios, era impulsiva en los procedimientos, pero evolucionaba conforme se adquiría experiencia y a las propias características surgidas, primero con los indios y luego con los mestizos y criollos y con los mismos ibéricos. Con el tiempo se fue perfeccionando, tuvo el apoyo del soberano por medio de las células reales, los autos dictados por el gobierno emitidos por la Real Audiencia y las continuas ordenanzas de los ayuntamientos; no podemos decir que existió un cuerpo organizado de policía, esta institución se formó recién a fines del siglo XVIII, en los albores de la independencia.
Ya en la Real Audiencia de Quito mediante provisión real de 29 de agosto de 1536, el rey España Felipe II, proyectó la Audiencia y Cancillería a la Ciudad de San Francisco de Quito con reevidencia en ella del Presidente y de los Oidores, todo con el propósito de administrar mejor a la justicia, ya que tenía atribuciones para conocer, despachar y determinar las causas, pleitos y demás asuntos en materia civil y criminal.
Con la creación de la Real Audiencia fue creado un nuevo cuerpo de alguaciles, dependiente de ella, para la ejecución de la actividad policial, el mismo que estuvo conformado por un Alguacil Mayor, dos alguaciles menores y varios corchetes.
Los alcaldes de la hermandad fue una institución creado por los reyes católicos de España en 1476, establecida con fines políticos para resistir a la opresión de la nobleza, reprimir ciertos crímenes que las justicias señoriales permitan y aumenten el poder del trono, disponía de una milicia propia para mantener el orden y perseguir a los malhechores, protegía a la población rural, es decir, era el comienzo de la policía rural.
En la ciudad de Quito en el año de 1.573 se designó para el efecto a los capitanes Ruy Díaz de Fuemmayor y Diego de Sandoval, funcionarios que eran renovados cada dos años, por parte del cabildo, las funciones eran de órgano policial; robos, hurtos, saltamientos de caminos, violaciones, muertes, y heridas cuando ocurrían en zonas rurales o despoblados. Estuvo vigente esta institución hasta los brotes de la independencia y en 1822 se extinguió y dio paso a la nueva estructura policial.
La influencia de la Religión Católica, hacia que cualquiera que cometía un delito se refugie en un convento o iglesia, acción que se denominaba “Acogerse a Sagrado”, práctica que fue frecuente en toda la Real Audiencia de Quito, de esa manera se burlaba la acción de la policía e impune la acción de la justicia, ya que ninguna autoridad podía sacar al delincuente de un recinto religioso.
Las disposiciones del cabildo con la finalidad de enmendar estas anomalías y evitar que la justicia quede burlada, el presidente de la Real Audiencia en 1615, dictó un auto de buen gobierno, disponiendo “que al oidor que sacare aún delincuente de cualquier iglesia, sea el mismo juez en la reclamación del delincuente que hicieren los obispos y previsores, quedando el presidente y los Oidores para conocer dichos requerimientos.
Los alcaldes de pueblo eran funcionarios dependían del cabildo, eran designados por el gobierno y su gestión consistía en ayudar a los Alcaldes ordinarios de la ciudad aliviándoles la gran cantidad de trabajo en virtud del incremento de la población y la proliferación de los problemas judiciales y de policía. Los Alcaldes de población y la proliferación de los problemas judiciales y de policía. Los Alcaldes de Barrio fueron instituidos en todas las ciudades del virreinato, capitanías generales, reales audiencias y gobernaciones. La creación de estos funcionarios constituyó uno de los primeros pasos en firme para la posterior estructura de una policía propiamente dicha ya que su establecimiento en los barrios aportó con una organización para la formación del Cuerpo de serenos en años subsiguientes.
El Primer Reglamento de Policía fue expendido el 9 de agosto de 1791 por el Presidente de la Real Audiencia de Quito, Don Luis Muñoz de Guzmán y Montero de Espinoza, con el título de “Capítulos de buen Gobierno”, documentos que recoge las disposiciones sobre policía dictadas por anteriores presidentes, así como ordenanzas emitidas por los cabildos, providencias conforme a lo dispuesto en las leyes y reales pragmáticas del reino, las mismas que eran publicadas a través de bandos para informar y especialmente sean aplicadas y observadas por los ciudadanos.
El texto del reglamento contiene disposiciones que todos tienen que cumplir las normas, tales como: no puede bajo ningún pretexto blasfemar no decir mal de dios, no decir palabras obscenas, ni de mal ejemplo ni de día ni de noche, que nadie se atreva a estar amancebado, no ser alcahuete , etc.
La vigilancia de los Regidores- Habiendo decaído la eficiencia de vigilancia nocturna en la ciudad, por el Cuerpo de Sereneros, ya que nadie quería prestar sus servicios, ni como comisario y sereno, por el poco sueldo, por las malas noches, los castigos que recibían, etc. El Presidente de ese entonces expidió un auto de buen gobierno, aprobado el plan de policía, en el cual se asignaba a los alcaldes ordinarios y regidores del cabildo la responsabilidad de la vigilancia nocturna, obligándoles a no abandonar la ciudad por ningún concepto y bajo severas sanciones. Completaba las siguientes disposiciones.
Que los alcaldes y regidores ronden la ciudad por turnos todas las noches, auxiliados por una patrulla de 16 soldados, que su fatiga o turno comience a las 9 de la noche hasta las 12; y otro turno de 12 a las 4 de la mañana; este turno debían hacer los comerciantes, etc.
El cuerpo de Serenos fue establecido en la ciudad de Quito en 1799, por disposiciones del Presidente de la Real Audiencia de Quito don Luis Francisco Héctor, Barón de Carondelet, era un incipiente organismo de carácter policial, conformado por alcaldes de barrio, comisarios de distrito y serenos.
Los alcaldes de barrio, tenían a su cargo asuntos policiales y de justicia que ocurrían dentro de su jurisdicción, en ayuda de los alcaldes ordinarios que ejercían esta mismas funciones pero en toda la ciudad, los cuatro alcaldes barriales formaban el cuerpo de serenos, los mismos que dependían de los comisarios, quienes ejercían funciones de control y supervisión sobre los serenos, los serenos cumplían la vigilancia nocturna en tres, cuatro o cinco manzanas del barrio, el sueldo era afrontado por el aporte de los propietarios de las casas del sector.
El servicio de rondar las calles por la noche, para velar por la seguridad del vecindario y de la propiedad, los serenos llevaban un palo largo a manera de lanza, denominado “báculo”, en un extremo iba colocado un mechero, en el recorrido debía gritar la hora en que pasaba por el sector en 1814, los serenos ya tenían otro nombre RONDAS, RONDINES, etc, tenía una vestimenta especial y un pito. Por la insignificante paga que tenía y el trabajo sacrificado que realizaban, nadie quería ser vigilante nocturno.
La elaboración por parte del Presidente de la Real Audiencia de Quito Don Melchor Aymerich el 27 de marzo de 1822 del Reglameno provisional de la Policía según este reglamento el Presidente de la Real Audiencia se constituía en el Superior de la policía en toda la provincia de Quito, con la denominación de Comisario General, pudiendo ser remplazado por ausencia por el alcalde ordinario de primer voto; se creo un comisario inde cuartel para cada uno de los siete cuarteles o sectores en que estaba dividido la ciudad. Estos funcionarios gozaban honores de Comisario de Guerra por su alta investidura, semanalmente se reunían para planificar y mejorar la policía, en cada manzana debía designarse un cabo de manzana, al que se le daba dos soldados para ejecutar las ordenes que recibía.
Según este reglamento la policía tenía que cumplir con las siguientes disposiciones: enterarse de la llegada de todo forastero y su destino, anotando en un cuaderno; formar el censo de los habitantes con distinción de sexo, edad, profesión, etc; no consentir vagamundos, velar por el reposo público, impedir que por las calles corran los caballos, y más acémilas; vigilar que las construcciones estén acorde con el ornato de la ciudad, dar parte a la sanidad de cualquier enfermedad, impedir que se vendan alimentos y bebidas nocivas a la salud, cuidar de la pureza del aire, cuidar por el aseo de la ciudad, etc.
POLICÍA EN LOS QUITUS CARAS
Anteriormente ya existía algunas poblaciones donde se desarrollaron algunas culturas, los grupos sedentarios se fueron incrementando hasta formar las tribus con un territorio y zonas geográficas bien definidas. Si aumentó la población es obvio que aumentaron los problemas sociales y cuya solución es una necesidad. Surgió la organización en las diversas entidades. Entre las tribus se puede mencionar a los Huancavilcas, los Cañaris, los Quitus y los Caras.
Los Quitus Caras.- Esta nación se organizó de mejor manera en el gobierno de Carán Shyri y sus sucesores, quienes ejercían el derecho, a la propiedad y se heredaban los bienes raíces, para la ampliación de estas costumbres era necesario la aplicación de ciertas normas y medidas de control.
Con el transcurso del tiempo esta nación se convirtió en amplio estado – imperio, que duro cinco siglos y para mantener esta hegemonía era pertinente contar con leyes y su permanente aplicación y observación, las leyes eran dadas por el Manta que en otras palabras era el legislador de la época.
El quebrantamiento de la Ley, se le conocía, como Jucha o pecado público, lo que propiciaba la acción policial y originaba los castigos, que generalmente consistía en destierros y pena de muerte.
La Ley tenía una especie de mandamientos:
Ama- Lulla = No mentir
Ama – Killa = No ser ocioso
Ama – Jellu = No robar.
viernes, 9 de abril de 2010
HISTORIA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR
HISTORIA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR
En efecto en el año de 1822 entramos a formar parte de la Gran Colombia, como Distrito del Sur o Provincia de Quito, en donde ya disponíamos de una nomenclatura de autoridades y empleados para el ejercicio de la función policial, pues con Jefes de Policía, Jueces de Policía, Comisarios, Supervigilantes, Gendarmes y Celadores bajo las dependencia de los Municipios.
AL advenimiento de la República, las funciones policiales y en general la conservación del orden público quedaron en manos de los militares que detentaban el poder en todos los órdenes.
En los primeros años de la República se sostenían los sistemas administrativos implantados por el Libertador Simón Bolívar en la Gran Colombia, en consecuencia, los Municipios conservaban características idénticas a los antiguos cabildos, incluyendo lo relacionado a la intervención policial .
En el año de 1832 el Congreso considerando la necesidad de fijar bases para formar la policía, decreta que los Consejos Municipales, de las Capitales de Departamento elaboren el Reglamento de Policía que regirá en cada uno de ellos, aclarando que la Policía no tendrá ninguna otra intervención que la que le atribuyen las leyes y deberá quedar bajo la responsabilidad de los Consejos Municipales , por lo tanto cesan en sus funciones todos los empleados del ramo y quedan abolidos los nombres de Juez y Jueces de Policía, Supervigilantes, Gendarmes y Celadores, subsistiendo solamente los de Comisarios y Dependientes.
En este primer período presidencial, mandato del Gral. Juan José Flores no se dejó muy resuelto el aspecto policial y como fácilmente se puede deducir de lo expuesto, la Policía a esa fecha no era una institución nacional, pues su acción no sobrepasa los linderos provinciales o cantonales.
Al asumir la presidencia Vicente Rocafuerte en el año 1835, restablece la Policía al mismo estado que se encontraba en 1830, de todas maneras se preocupa que la Policía adquiera los más altos niveles de eficiencia y servicio dictando la Ley de Régimen Político y Administrativo. En ella se fijan como funciones de los Consejos Municipales, el cuidar de la Policía de Seguridad, Salubridad, Comodidad y Ornato.
La Asamblea Constituyente de 1843, dicta una nueva ley de Régimen Político y Administrativo, según la cual se centralizaba en el Poder Ejecutivo la mayor parte de las atribuciones que correspondían a los Municipios y se establece que los Ministros de Gobierno y Relaciones Exteriores se encarguen de todo lo que se refiere a la Policía de todos los pueblos. Esto viene a constituir un primer paso para la organización de la Policía como Institución Nacional.
En febrero de 1848, es aprobado por el Ejecutivo el Reglamento expedido por el Municipio de Quito, sentándose bases para una función policial menos localista, pues comparte responsabilidades con el poder central. Se establece que la Policía de cada cantón estará a cargo de un Jefe de Policía, un Comisario, Celadores y Empleados, el Jefe de Policía será la autoridad máxima y será nombrado por el Ejecutivo. LA Policía deja de ser dependencia administrativa municipal y se constituye una entidad casi independiente con funciones especificas, tales como : las de perseguir a sociedades secretas o sospechosas de cualquier crimen, cuidar que no corran rumores falsos que alarmen a la ciudadanía, los extranjeros que llegaren deberán presentarse con sus pasaportes ante el Jefe de Policía, no deberá permitirse ningún espectáculo, diversión sin licencia de la Policía, prohibición de actos o expresiones contrarios a la religión, a la moral y a las buenas costumbres, entre otras.
En el año 1864, con García Moreno en el Poder, se emite un trascendental decreto que, considerando que la Policía de Orden y seguridad corresponde al Ejecutivo y que toca al Ministro del Interior lo relativo a la misma, organiza la Policía nombrando tres Jefes Generales de Distrito, Quito, Guayaquil y Azuay, y nombra un Jefe de Policía para la Capital de cada provincia, el reglamento policial tiene como base la Constitución y las Leyes.
Después de 20 años, en el año 1884 se promulga una disposición creando un Orgánico para la Policía, en el que se contempla la organización de cuerpos policiales que deben cubrir las principales ciudades del país, con 65 oficiales y 685 hombres de tropa; su duración fue efímera por que se distorsionaron sus funciones.
En el año de 1895, el Gral. Eloy Alfaro, luego del triunfo de la Revolución Liberal y debido al elevado índice de criminalidad aparecido especialmente en las ciudades de la costa, de las provincias del Guayas, Los Ríos, Manabí y Esmeraldas, organiza la Policía Rural. Para la ciudad de Quito organiza una Policía de Investigaciones y Seguridad y además una Policía de Fronteras, estas policías pronto se terminaron por su formación rudimentaria y sin sentido profesional.
En el año de 1897, una nueva ley debió dictarse con el ánimo de uniformar, en cuanto fuere posible al servicio de la Policía de Orden y seguridad, dándole ya un carácter nacional y abordando su definición institucional; es que el Gral. Eloy Alfaro debido a que la Policía disponía de una cabeza para el cumplimiento satisfactorio de sus funciones, mediante Decreto Ejecutivo crea una autoridad superior de Policía con la denominación de Director General de Policía.
Pasan los años sin que se produzcan mayores novedades, aunque siempre se hace presente la preocupación de los gobiernos por estructurar un Cuerpo Policial técnicamente estructurado, y llegamos al año de 1921, en el que el Congreso Nacional, mediante Decreto Legislativo, establece las primeras Escuelas de Policía que deberán funcionar en las ciudades de Quito y Guayaquil, esta verdadera innovación tampoco llega a cristalizar por el desorden y la anarquía que vivía el País en esos momentos.
El año 1924, el Presidente José Luis Tamayo expide un reglamento que contiene disposiciones de trascendental importancia para la organización policial, pone la Institución bajo el único mando del Director General responsabilizando en sus funciones a cada uno de sus miembros. El 3 de agosto de 1928, el Congreso Nacional, decreta la formación de un Cuerpo de Carabineros que deberá contar con un orgánico de 3500 hombres pero la miseria y la desorganización en que vivía el país determinaron un nuevo fracaso.
Siendo el Presidente el Dr. Velasco Ibarra, año 1934, se dispone la contratación de una Misión Técnica extranjera chilena, para la organización y funcionamiento de la Escuela de Policía y Detectivismo , pero el 20 de agosto de 1935, desafortunadamente Velasco Ibarra es obligado a dejar el poder y el contrato queda sin efecto.
El 27 de agosto de 1937, el Presidente Federico Páez, crea un curso para preparación de Oficiales de Policía, tomando como alumnos a los Inspectores y Subinspectores que al momento tenía la fuerza, el cual también tuvo los efectos previstos para asumir el Gral. Enríquez Gallo la Jefatura Suprema del país.
Sometida la Policía a un Régimen Militar, se expide en el año de 1938, la Ley Orgánica a las Fuerzas de la Policía clasificando a sus miembros en Oficiales Generales, Superiores e Inferiores a la tropa en Sub-Oficiales, Clases y gendarmes. En este Gobierno se plasman muchas aspiraciones institucionales, pues se expide la Ley de Situación Militar, Ascensos y se procede a la especialización de los Oficiales de Policía que se hallaban en servicio activo. Y arribamos a un día 2 de marzo de 1938, en el que el General Alberto Enríquez Gallo, a cuyo recuerdo los policías debemos rendir un homenaje de admiración gratitud, crea la Escuela Militar de carabineros, con sede en la ciudad Capital, con una planta de sesenta cadetes y sus labores debían empezar el primero de abril del mismo año.
Desde esa misma fecha se inicia una nueva etapa en la historia de la Policía, se da comienzo a la profesionalización del hombre policía y el Gobierno trata de complementar la formación y estructuración de la Policía, es así como meses después se expide un Decreto denominado “Cuerpo de Carabineros” a todas las fuerzas que componían a esa fecha las fuerzas de la Policía Nacional, Con fecha 8 de julio del mismo año se dicta una Ley Orgánica para que rija el funcionamiento de este nuevo Cuerpo de Carabineros, la misma que es reemplazado en 1939 por una nueva dictada por el Congreso. Con afán de alcanzar un mayor perfeccionamiento, el 17 de enero de 1941, se crea un servicio de carácter rural de carabineros.
En el año 1941, de ingrata recordación para todos los ecuatorianos, carabineros rinden sus primeros frutos y generosos ofrendan sus vidas, con heroísmo y sacrificio, quedando grabados nombres de carabineros como héroes nacionales.
El Dr. Carlos Arroyo del Río continuando con su afán de propender a la mejor organización y el funcionamiento de la Policía, introdujo algunas reformas a la Ley Orgánica y crea la Escuela Fundamental de Policía en el año de 1943.
Se produce el movimiento revolucionario del 28 de mayo de 1944 y triunfante este movimiento asume el poder el Dr. Velasco Ibarra en calidad de Jefe Supremo. El 1 de junio de 1944 y el día 6 de junio del mismo año transforma el Cuerpo de Carabineros en “Guardia Civil Nacional” y encarga a la Asamblea Constituyente, como recomendación del Ejecutivo, el expedir una nueva Ley Orgánica que de una nueva modalidad a la organización policial.
En el año de 1945, se publican una serie de reglamentos internos necesarios para formar la vida de la Institución. En el año de 1946 se expiden los Códigos Penal y Procedimiento Penal y se promulga la Ley de Situación Policial y Ascensos.
El 12 de enero de 1949, siendo Presidente de la República Galo Plaza, se organiza la Policía Rural sujeta a leyes propias y funcionamiento independiente.
En el año 1953, mediante decreto expedido por Velasco Ibarra se cambia la denominación de Guardia Civil Nacional a “Policía Nacional”. En el aspecto técnico de la institución se consideró conveniente para la mejor marcha de servicios, llegar a la unificación de los mandos y el Comandante General, en el año de 1956 unificó los mandos urbano y rural, dando término a la autonomía en que venía desenvolviéndose la Policía Rural.
En el año de 1959 se promulga una Ley de Situación Policial y ascensos y un año más tarde se hace realidad la Ley de Función Judicial de la Policía, así mismo se publican en el registro oficial nuevas codificaciones de los Códigos Penal y Procedimiento Penal de actual vigencia.
A principios de 1965 se produce la anexión definitiva del Ecuador a la Organización Internacional de Policía Internacional INTERPOL.
Un año más tarde se expide la Ley de Personal que nos rige actualmente, instrumento legal indispensable para regular la profesión policial de sus miembros, garantizar su estabilidad y propender a su perfeccionamiento y superación.
En 1970 se expiden la Ley y el Reglamento del Servicio de Cesantía, que regula el otorgamiento de la Cesantía policial y devolución de aportes a sus miembros.
A la Institución se le conoció con el nombre de Policía Civil Nacional hasta el día 28 de febrero de 1975, en el que el Gral. Rodríguez Lara expide una nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional, adoptando este nombre hasta la presente fecha para los actos oficiales, públicos e institucionales. Así mismo se crea en el Ministerio de Gobierno la Subsecretaría de Policía, organismo de alto nivel para el asesoramiento administrativo y técnico del mencionado ministerio en asuntos fundamentales y de coordinación entre esta Secretaría de Estado y la Institución Policial
La Policía Nacional ha venido año a año alcanzando logros cada vez más significativos, gracias al trabajo tesonero y sacrificado de todos sus miembros, lo que ha merecido reconocimiento de los Poderes del Estado, la Prensa y la Ciudadanía, que ven en ella a la Institución noble garantía de la paz y seguridad ciudadana.
En los actuales momentos la Policía marcha segura y con paso firme hacia adelante, con la seguridad de alcanzar un futuro enaltecedor